Muchas personas creen que un seguro de vida y un seguro de accidentes cubren prácticamente lo mismo. En realidad tienen más diferencias que coincidencias o similitudes. En algunas coberturas, es cierto que coinciden, pero en otras no, y en este artículo lo vamos a descubrir.
DIFERENCIA Nº 1
Las invalideces parciales solo las cubre el seguro de accidentes. Según la contingencia sufrida existe un baremo (cada compañía aplica su baremo particular) para calcular la indemnización, aplicando el % estipulado para cada tipo de contingencia, sobre el capital asegurado en póliza.
Por ejemplo: tenemos contratado un seguro de accidentes con las coberturas de fallecimiento e invalidez por un capital asegurado en ambas coberturas de 100.000€. Nuestra profesión es trabajo administrativo en oficina. Tenemos la desgracia de sufrir la amputación de una pierna por debajo de la rodilla, debido a un accidente de tráfico. Se nos reconoce una invalidez parcial pero no absoluta o la profesional, porque podemos seguir ejerciendo nuestra profesión o cualquier otra. Según el baremo de nuestro seguro de accidentes nos deben de indemnizar por el 35% del capital asegurado en póliza, que en este caso seria un total de 35.000€.
Como decíamos anteriormente al ejemplo, cada compañía tiene su propio baremo, el cual, según que contingencias suframos, puede ofrecer mayor o menor % de indemnización que otras compañías. Volviendo al ejemplo, la indemnización por la amputación de una pierna por debajo de la rodilla puede variar entre un 35% y un 55% según el baremo de cada compañía.
DIFERENCIA Nº 2
El fallecimiento y la invalidez por cualquier causa (enfermedad, suicidio a partir del primer año, infarto, muerte por causas naturales, etc…) además de por accidente, lo cubre solo, el seguro de vida.
Algunos seguros de accidentes cubren el fallecimiento e invalidez, por infarto de miocardio y/o derrame cerebral.
DIFERENCIA Nº 3
Los gastos sanitarios o de curación por accidente, solo los cubre el seguro de accidentes.
DIFERENCIA Nº 4
El seguro de accidentes es mucho más económico que el seguro de vida, al cubrir solamente las contingencias derivadas de un accidente.
COINCIDENCIA Nº 1
En caso de tener contratado un seguro de vida y uno de accidentes, y sufrir la contingencia de fallecimiento por accidente o invalidez absoluta por accidente (no poder ejercer ningún trabajo remunerado) se cobrará una indemnización por ambos seguros.
Si se tuviese contratada la cobertura optativa de invalidez profesional, y el asegurado no pudiese seguir ejerciendo su actual profesión, por haber sufrido un accidente, también cobraría indemnización por ambos seguros.
Nuestra recomendación y consejo es disponer de los dos seguros, tanto de accidentes como de vida, para tener una cobertura completa, sobre todo en aquellas profesiones donde nos exponemos a un mayor riesgo de sufrir una invalidez parcial.
Muy ilustrativo y clarificador. Aunque al leer las pólizas lees la mayoría de clausulas no ves las diferencias tan objetivamente. Tengo ambos, contratados a través de Uds. y no lo tenía como ahora. Gracias
Gracias por tu comentario Mateo. Saludos.
buenas tardes, muy bueno el articulo pero me surge una duda parecida, cual es la diferencia entre un seguro de ACCIDENTES y el seguro de SALUD (no de vida) gracias de antemano
Hola César, un seguro de accidentes o vida consiste en percibir una indemnización y el de salud consiste en percibir una prestación de servicios, en este caso sanitarios. Saludos.
Buenos días quisiera preguntar por un seguro de salud para un autónomo y su familia gracias
Hola Sandra, nuestra compañera del ramo de salud, contactará contigo para realizarte presupuesto. Gracias y saludos.
ME GUSTARÍA SABER PRESUPUESTO DE AMBOS SEGUROS .
UN CAPITAL DE 30.000 E EN SEGURO DE VIDA
SOY AUTÓNOMA Y ME ENCANTARÍA TENER UN SEGURO QUE ME CUBRA EN CASO DE PONERME ENFERMA , TENER UNA INCAPACIDAD ,ETC
SOY MUJER FUMADORA DE 10 CIGARRILLOS DIARIOS, SIN ENFERMEDADES ACTUALMENTE Y NACIDA EN 1971, TRABAJO EN OFICINA,
GRACIAS , UN SALUDO