Definición
El PIAS o “Plan Individual de Ahorro Sistemático“, nació con la reforma fiscal del 2007, siendo un magnífico instrumento de ahorro finalista para la jubilación y poder complementar la pensión pública de la Seguridad Social, puesto que el PIAS disfruta de unas ventajas fiscales únicas, siempre y cuando, se cobre en forma de renta vitalicia y se mantenga el ahorro como mínimo 5 años (según última reforma fiscal del año 2015).
Público Objetivo de un PIAS
- Gente que quiere complementar su jubilación con un instrumento privado, con un plazo mínimo de ahorro de 5 años, para cobrarlo en forma de renta vitalicia.
- Gente que quiere ahorrar para un hecho en concreto a corto o largo plazo, para cobrarlo en forma de capital (una única vez): compra de coche, estudios universitarios de los hijos, entrada para la casa, posibles imprevistos, etc… Se recomienda mantenerlo como mínimo 5 años para obtener mejores rentabilidades, aunque a partir del primer año ya es posible rescatarlo.
Fiscalidad
Si se rescata antes de los 5 años, los rendimientos tributan por Rendimientos del Capital Mobiliario (RCM), según el siguiente escalado:
- Hasta 6.000€ al 19%
- Desde 6.000,01€ hasta 50.000€ al 21%
- Desde 50.000,01€ al 23%
Las aportaciones no desgravan en el IRPF.
A partir del 5º año en adelante, se puede rescatar en forma de capital (visto anteriormente) o en forma de renta vitalicia, con las ventaja que ello supone, según la edad que se tenga en el momento de la formalización de la renta:
Requisitos-Características
Según la legislación vigente, el PIAS debe de cumplir con los siguientes requisitos para poder cobrarse en forma de renta vitalicia:
- Tomador, Asegurado y Beneficiario debe ser la misma persona.
- Las aportaciones no pueden superar los 8.000 € anuales.
- Máximas aportaciones en toda la duración del contrato: 240.000 €
- El tomador debe ser titular de la cuenta bancaria tanto para las aportaciones como los recates.
Movilización
Al igual que los Planes de Pensiones, PPA o SIALP, los PIAS se pueden movilizar/traspasar a futuro sin coste fiscal alguno, las veces que se desee, sin límite.
Liquidez
La mayoría de productos PIAS del mercado permite el rescate a partir del primer año.
Modalidades
Según garantía
- Sin Garantía, pues suelen ofrecer estructura de cesta de fondos de inversión.
- Garantía del 100% de las aportaciones + interés mínimo garantizado.
Según rentabilidad
- Rentabilidad especial/adicional anticipada de forma trimestral, semestral o anual.
- Participación en Beneficios a ejercicio vencido como rentabilidad especial/adicional a la mínima.
- Rentabilidad según los mercados financieros en los que invierte.
Según duración
- Vencimiento a los 5 años, 15 años o superior.
Según las inversiones que respaldan el producto para modalidades con garantía del 100%
- Con inversiones afectas.
- Sin inversiones afectas.
Evolución
Durante el último año, 2016 han tenido una fuerte expansión, con tasas de crecimiento de más del 30%, y ya acumulan cerca de 10.000 millones de euros de activos bajo gestión.
Protección
Tus ahorros e inversiones en seguros protegidos por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS)