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Cómo y cuándo anular un seguro

Cómo y cuándo anular un seguro

Para anular un seguro en tiempo y forma según el Artículo veintidós  apartado 2 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, se debe de comunicar dicho deseo por parte del tomador a la compañía aseguradora 1 mes antes del vencimiento.

Persona física

Aparte del escrito de anulación firmado por el tomador, debe aportarse fotocopia de su DNI.

Persona  jurídica 

Aparte del escrito de anulación con sello de empresa y firma del apoderado, debe aportarse fotocopia del CIF de la empresa, y NIF del apoderado que firme el escrito de anulación.

Cómo anular un seguro

Existen varias formas de gestionarlo:

  • Por correo certificado con acuse de recibo a la compañía de seguros (coste aprox. 3,80€).
  • De forma presencial en oficina compañía/banco o corredor/agente: siempre lleva dos copias de la carta de anulación; una para entregarla y otra para quedarte copia con sello con fecha de entrega y sello de la compañía.
  • Por email o fax al corredor/agente: la mejor opción por coste (gratis) y agilidad. Pero no todas las compañías lo permiten. Te recomendamos los consultes antes con tu corredor o agente.
  • Desde el portal web del cliente de la propia compañía (algunas compañías lo permiten).

¿Qué ocurre si se te pasa el plazo?

Algunas compañías permiten anular fuera de plazo, sin haberse aún renovado el seguro, desde su propio portal web del cliente accediendo con tu usuario y contraseña.

¿Puedo devolver el recibo?

Como poder puedes, pero no es recomendable, pues no te podemos asegurar que la compañía aseguradora no te vaya a reclamar, incluso por vía judicial. Algunas compañías son más agresivas que otras en este aspecto. Otras sin embargo no suelen reclamar, pero hasta que lo hagan, ya que ese derecho siempre lo tienen.

Según  el Artículo quince  de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, la compañía puede reclamarte dentro de los 6 meses siguientes al vencimiento del seguro, ya que a partir de dicha fecha se dará por extinguido/anulado dicho seguro.

Carta modelo de anulación

En el siguiente enlace puedes descargarte plantilla de carta de anulación solo pendiente de personalizar:

www.elenabeser.es/otros/carta_anulacion.doc

Sugerencias sobre cómo y cuándo anular un seguro

Te recomendamos obtengas los datos de la dirección a enviar la carta desde la sección de Aviso Legal o similar en la propia web de tu compañía de seguros, donde se debe reflejar el domicilio de la sede.

Si vas a enviar el escrito por correo postal certificado y con acuse de recibo, te recomendamos guardes en tu poder carta firmada escaneada, justificante del certificado y del acuse de recibo, pues en numerosas ocasiones, aún anulando el seguro en tiempo y forma, las compañías de seguros, “por error” renuevan los seguros. Guardando esta documentación podrás justificar que solicitaste la anulación en tiempo y forma.

En caso de enviar email a tu corredor, guárdate ese email y si anulas desde la web de tu compañía de seguros guarda justificante o haz pantallazo.

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4 Comentarios

  1. El art. 22, párrafo 2º, de la Ley 50/80 de contrato de seguro dice: “Las partes pueden oponerse a la prórroga del contrato mediante una notificación escrita a la otra parte, efectuada con un plazo de dos meses de anticipación a la conclusión del periodo del seguro en curso”.

    Por ello entiendo que el plazo a que se refiere el comentario del encabezamiento debe decir DOS MESES, y no UN MES.

    sALUDOS CORDIALES.