Por defecto se rehúsan muchos siniestros de lluvia y viento 🌧️ 🌬️, por no haberse superado los umbrales requeridos por las compañías de seguros.
Y esto, genera mucha frustración e impotencia.
Pero hay que analizar si el rehúse es justo o si por el contrario, tenemos la posibilidad de reclamar cobertura.
Gracias a un solo párrafo que puede incluir tu seguro de hogar en la garantía de fenómenos atmosféricos, puede ser clave para tener o no cobertura.
Pero parece que ese párrafo es invisible; porque ni los clientes, y lo más grave, a veces incluso ni los profesionales (peritos, mediadores y tramitadores de siniestros de compañías) son conscientes de la importancia que tiene ese pequeño texto, el cual puede ayudarnos a dar un giro de 180º a nuestros siniestros de lluvia y viento🌧️ 🌬️, pasando de estar excluido, a tener cobertura.
Aunque posiblemente, incluso teniendo razón, y explicando a la propia compañía que en su condicionado general sale dicho texto que te da cobertura, te lo sigan rehusando y tengas que acabar en un procedimiento de reclamación.
Ese texto lo que dice, es que da al cliente una oportunidad de tener cobertura, aunque no se hayan superado esos umbrales, si justificamos y probamos que existen daños generalizados por nuestra zona, de similar tipología que el nuestro.
Aunque este texto te puede salvar en más de una ocasión para poder tener cobertura en siniestros de lluvia y viento🌧️ 🌬️, la redacción del mismo, es muy diferente según la compañía, y un pequeño matiz, puede significar que se puedan cubrir muchos menos siniestros de lluvia y viento🌧️ 🌬️ que en otros seguros de hogar.
El nivel de detalle de las coberturas a tener en cuenta en el seguro de hogar es casi ilimitado, por ello, no existen dos seguros de hogar iguales, porque esos detalles de los que hablamos, suponen convertir a un producto en magnífico o en mediocre.
Esto lo demostramos analizando a fondo esta cobertura de FENOMENOS ATMOSFERICOS centrándonos en siniestros de lluvia y viento🌧️ 🌬️ donde pueden existir muchísimas diferencias entre un seguro y otro.
Se puede decir que todos los seguros de hogar cubren los fenómenos atmosféricos, pero si entramos al detalle es donde se aprecian las diferencias, y donde descubrimos porque unos seguros son tan baratos y otros menos.
Pues las compañías que peores condiciones ofrecen, obviamente, menos dinero tienen que pagar en indemnizaciones, y, en consecuencia, pueden reducir el precio de su seguro de hogar.
Podemos dividir esta cobertura de FENÓMENOS ATMOSFÉRICOS, en 3 categorías de calidad, según los colores de un semáforo 🚦:
Clasificación por calidad de la cobertura de Fenómenos Atmosféricos en siniestros de lluvia y viento
ROJO
Según compañía existen varias definiciones:
📝 Solo se da cobertura si se supera el umbral reflejado en las estaciones meteorológicas oficiales más cercanas (umbrales AEMET)
📝 Solo se da cobertura si se supera el umbral reflejado en las estaciones meteorológicas oficiales más cercanas (umbrales AEMET) y, además, tienen que existir daños de misma tipología en la misma población.
AMBAR
Según compañía existen varias definiciones:
📝 Solo se da cobertura si se supera el umbral reflejado en las estaciones meteorológicas oficiales más cercanas (umbrales AEMET). No obstante, también se dará cobertura en caso de que exista imposibilidad técnica, como estar ubicada la vivienda en zona de valle o haber sufrido daños el propio observatorio, según dictamen pericial o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho por parte de la compañía de seguros.
📝 Da cobertura si se supera el umbral reflejado en las estaciones meteorológicas oficiales más cercanas (umbrales AEMET), pero si no, da una oportunidad al cliente de poder cubrirlo si puede demostrar a la COMPAÑÍA O PERITO con pruebas fehacientes, que existen más daños de similar tipología en viviendas próximas a la tuya. Cuando dice próximas está limitando mucho las posibilidades, pues habla de viviendas colindantes.
📝 Da cobertura si se supera el umbral reflejado en las estaciones meteorológicas oficiales más cercanas (umbrales AEMET), pero si no, da una oportunidad al cliente de poder cubrirlo, siempre y cuando no queden acreditados dichos fenómenos en los informes oficiales anteriormente citados, demostrando a la COMPAÑÍA o PERITO con pruebas fehacientes, que existen más daños de similar tipología en radio de X kilómetros.
📝 Da cobertura sin requerir que se superen unos umbrales concretos, pero deja a su criterio considerar si son fenómenos atmosféricos de carácter anormal para poder cubrirlos. Aunque también da la oportunidad al cliente de justificar con pruebas la existencia de daños similares en edificaciones próximas.
VERDE
📝 Da cobertura si se supera el umbral reflejado en las estaciones meteorológicas oficiales más cercanas (umbrales AEMET), pero si no, da una oportunidad al cliente de poder cubrirlo si puede demostrar a la COMPAÑÍA O PERITO con pruebas fehacientes, que existen más daños de similar tipología en su misma población o en un radio de X kilómetros.
Resumimos en la siguiente infografía a que color pertenece la cobertura de fenómenos atmosféricos por viento y lluvia del seguro de hogar de las principales compañías de seguros del mercado:
Existen estaciones meteorológicas no consideradas oficiales, pero que en muchas ocasiones también aceptan las compañías, aunque están en su derecho de no aceptarlas según contrato, al no ser oficiales. Como, por ejemplo:
⛈️ AVAMET (Asociación Valenciana de Meteorología) = solo en caso de viento, pues respecto a la lluvia el dato que ofrecen no es de 1h sino de 24h.
⛈️ AMETSE (Asociación Meteorológica del Sureste) = Tanto para viento como para lluvia.
⛈️ OTRAS
A continuación vamos a citar las fuentes donde recopilar las pruebas para poder demostrar a las compañías que dan esa 2ª oportunidad de cubrir los daños por lluvia o viento sin haberse superado los umbrales exigidos, que existen daños generalizados de similar tipología en nuestra zona:
Fuentes donde recopilar pruebas de siniestros de lluvia y viento
👉 Noticias de prensa en internet.
👉 Buscar en redes sociales donde mucha gente graba y publica.
👉 Seguir en redes sociales a cuerpos de seguridad y centro de emergencias 112 de tu zona, como por ejemplo, los siguientes en Valencia: Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia, Bomberos de Valencia Capital, Policía Local de Valencia y Centro de Emergencias 112 de GVA . Suelen publicar los actos de servicio que han realizado acompañando imágenes y videos.
👉 Seguir en redes sociales a canales de estudio y análisis del tiempo, como plataformas de estaciones meteorológicas oficiales y no oficiales e incluso a canales de noticias del tiempo. Ejemplo en zona de Valencia: A Punt Oratge, Valencia Weather, AVAMET y AEMET Comunidad Valenciana.
👉 Consultar a vecinos, amigos o familiares de la misma población o en un radio de X km a tu vivienda, que hayan sufrido también daños por lluvia o viento en misma fecha.
Existen seguros de hogar, que incluyen u ofrecen la posibilidad de incluir la cobertura de FILTRACIONES/GOTERAS, cubriendo hasta el 100% del continente y contenido o hasta un límite (normalmente hasta 1.000 € o 3.000 €), los daños producidos por la lluvia, independientemente de la intensidad de esta. Comprueba si tu póliza la tiene o permite incluirla.
A continuación, vamos a plasmar resumen cobertura de fenómenos atmosféricos, centrándonos sólo en por viento y lluvia, de los principales seguros de hogar de las compañías de seguros anteriormente incluidas en la anterior infografía:
REALE
- LLUVIA, por intensidad superior a 40 litros por metro cuadrado y hora.
- VIENTO, por intensidad superior a 80 Km./hora.
En el caso de no poder justificarse las intensidades anteriores, si se comprueba la destrucción o el daño de construcciones de similares características a las del ASEGURADO, que se encuentren en la misma población o en un radio de 5 Km, quedan igualmente garantizados.
CATALANA OCCIDENTE Y PLUS ULTRA
- La lluvia de precipitación superior a 40 litros por metro cuadrado, medida durante un período de tiempo de una hora consecutiva.
- El viento de velocidad superior a 80 kilómetros por hora.
En caso de no poderse acreditar que los registros de lluvia o viento han alcanzado los límites anteriormente indicados con el oportuno certificado del Instituto Nacional de Meteorología u otros organismos oficiales, se considerarán cubiertos los daños siempre que el perito de la compañía constate que viviendas colindantes o vecinas a la asegurada, de sólida construcción y en correcto estado de mantenimiento, hayan sufrido daños similares. En caso de no existir éstas, se tomarán como referencia construcciones en un radio máximo de 5 kilómetros.
ALLIANZ
- En caso de lluvia, siempre y cuando supere los 40 litros por metro cuadrado y hora.
- En caso de viento, siempre y cuando alcance velocidades superiores a los 90 Km/hora.
Todo ello, siempre y cuando tales fenómenos meteorológicos sean anormales y/o causen también daños en otras construcciones, árboles u otro tipo de bienes en 500 metros a la redonda y no sólo en el hogar asegurado. Se acreditará el fenómeno atmosférico como anormal mediante los Certificados de los Organismos Oficiales competentes más cercanos, o en su defecto, mediante aportación de las oportunas pruebas periciales que acrediten la magnitud e intensidad real de los fenómenos o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
GENERALI
- Precipitaciones de lluvia superiores a 40 litros por metro cuadrado y hora.
- Rachas de viento con velocidad superior a 80 kilómetros por hora.
Los anteriores valores mínimos se deben haber registrado en el observatorio, dependiente de agencias o servicios meteorológicos de carácter oficial, más cercano a la vivienda.
Si no fuese posible obtener datos objetivos o si los registros fuesen inferiores a los indicados, entenderemos que la intensidad es suficiente para la cobertura de los daños siempre que, a juicio del perito o peritos intervinientes, se constate la existencia de daños generalizados en otros inmuebles de sólida construcción, dentro de un radio de 5 Km alrededor del riesgo asegurado.
PELAYO
- El viento, si su velocidad es superior a 80 km/h
- La lluvia, si se registra una precipitación superior a los 40 litros por metro cuadrado y hora.
Tanto la velocidad del viento como el volumen de lluvia se acreditarán fundamentalmente con los informes expedidos por los organismos oficiales competentes más cercanos o, cuando sea posible, a través de las informaciones de los medios de comunicación. No obstante, y aun cuando dichos fenómenos no alcancen las citadas intensidades, se garantizarán también los daños materiales causados por los mismos, cuando se hayan producido daños de una forma generalizada en edificaciones situadas en un radio de 5 km alrededor de los bienes asegurados.
MUTUA MADRILEÑA
- Lluvia: siempre que se acredite que la precipitación es superior a 40 litros por metro cuadrado y hora.
- Viento: siempre que se acredite que la velocidad está entre 80 y 120 kilómetros por hora
MUTUA PROPIETARIOS
- Lluvia: Siempre que se registre una precipitación con una intensidad superior a 40 litros por metro cuadrado y hora, y sea comprobable por el registro de la Agencia Estatal de Meteorología más cercano a la vivienda asegurada.
- Viento: Siempre que se registre una velocidad superior a (96/90/85 kilómetros por hora según modalidad comercial y cobertura contratada; BASIC o COMPLET), y sea comprobable por el registro de la Agencia Estatal de Meteorología más cercano a la vivienda asegurada.
Cuando los valores de precipitación de lluvia y/o velocidad del viento no queden plenamente acreditados para la localidad con los informes expedidos por los organismos oficiales competentes, se considerará el siniestro garantizado siempre que además hayan sido destruidas o dañadas otras viviendas, árboles u objetos situados en un radio de 5 km. alrededor de la vivienda asegurada.
CAIXABANK
- Lluvia superior a 40 litros por metro cuadrado y hora.
- Viento superior a 80 kilómetros por hora y hasta 120 kilómetros por hora.
SANTANDER
- La lluvia cuando su intensidad sea superior a 40 litros por metro cuadrado y hora.
- El viento, si su velocidad es superior a 80 kilómetros por hora e inferior a 120 kilómetros por hora
La medición de estos fenómenos se acreditará por los Organismos Oficiales competentes, o en su defecto por la aportación de pruebas convincentes cuya apreciación quedará al criterio de los peritos designados por las partes en caso discrepancia.
ABANCA
Lluvia: precipitación superior a 40 litros por metro cuadrado y hora).
Viento: cuando presente rachas que superen los 80 km por hora y hasta el límite en que entra en vigor la cobertura del Consorcio de Compensación de Seguros que son 120 km/h.
La calificación de estos fenómenos atmosféricos se acreditará fundamentalmente con los informes expedidos por los organismos oficiales competentes. No obstante, cuando el carácter anormal del fenómeno atmosférico para la localidad donde se encuentre el riesgo asegurado no quede plenamente acreditado por los informes aportados por los organismos oficiales competentes, será necesario aportar como prueba a ABANCA Seguros Generales el hecho de haber sido destruidos o dañados por el mismo fenómeno atmosférico otros inmuebles de buena construcción en un radio de 2 km alrededor del riesgo asegurado, salvo que tal circunstancia ya fuera conocida por ABANCA Seguros Generales.
BBVA
- En caso de lluvia, siempre y cuando supere los 40 litros por metro cuadrado y hora.
- En caso de viento, siempre y cuando alcance velocidades superiores a los 70 Km/hora.
VERTI Y MAPFRE
- Precipitación superior a 40 litros por metro cuadrado y hora, en el caso de LLUVIA.
- Velocidades superiores a 80 Km/ hora, para VIENTO.
La magnitud e intensidad de dichos fenómenos deberá acreditarse mediante certificado de la Agencia Estatal de Meteorología o de los medidores oficiales pertenecientes a los Ministerios, Comunidades Autónomas o Entidades Provinciales más cercanos.
En caso de imposibilidad técnica, como la ubicación del riesgo asegurado en zona de valle o daños en el propio observatorio, se tendrá en cuenta a fin de acreditar su magnitud e intensidad real, las estimaciones periciales con base en el alcance efectivo del daño o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.
LINEA DIRECTA
- Siempre que se registren velocidades comprendidas entre los 96 km por hora y los 120 km por hora, ambos incluidos.
- Siempre que se registre una precipitación superior a 40 litros por metro cuadrado y hora.
OCASO
- Lluvia: + de 40 litros por metro cuadrado y hora.
- Viento: + de 80 Kilómetros por hora.
Aunque los citados fenómenos atmosféricos no alcancen las intensidades mencionadas anteriormente, se garantizarán también los daños causados en los bienes asegurados cuando se hayan producido asimismo daños de forma generalizada, producidos por dichos fenómenos, a los edificios situados dentro de un radio de 5 Kms alrededor de la vivienda asegurada.
SANTALUCIA
AGUA DE LLUVIA independientemente de su intensidad.
VIENTO de velocidad superior a 80 km. por hora o cuando, por la amplitud del territorio afectado y la magnitud e intensidad de los daños en la zona, puedan considerarse como atípicos o extraordinarios y hayan destruido o dañado otros edificios de buena construcción, en la misma población o zona geográfica, de forma similar a como lo han sido los bienes asegurados.
AXA
Lluvia o viento de intensidad tal que afecte a varios edificios de buena construcción en las proximidades de la vivienda asegurada.
Si la cantidad de lluvia es superior a 40l/m2 y hora, y/o la velocidad del viento es superior a 80 Km/h., no será necesario el requisito que varios edificios se encuentren afectados.
LIBERTY Y GENESIS
Se garantizan los daños materiales causados directamente por la acción de la lluvia y viento, siempre que los siniestros causados por estos riesgos, no tengan la consideración de extraordinarios de acuerdo con la legislación aplicable (en este caso da cobertura el Consorcio de Compensación de Seguros) y se produzcan de forma anormal para la estación y zona en la que se encuentra la vivienda asegurada.
El carácter anormal de estos fenómenos atmosféricos se acreditará, fundamentalmente, con los informes expedidos por los organismos oficiales competentes o en su defecto, mediante aportación de pruebas por el asegurado.
En este sentido se considerará como prueba el hecho de que otras edificaciones próximas a la vivienda asegurada y de características constructivas sólidas estén afectadas por el mismo fenómeno atmosférico.
ZURICH
- Lluvia: + de 40 litros por metro cuadrado y hora.
- Viento: + de 75 Kilómetros por hora.
La calificación de estos fenómenos atmosféricos se acreditará fundamentalmente con los informes expedidos por los organismos oficiales competentes.
No obstante, cuando el carácter anormal del fenómeno atmosférico para la localidad donde se encuentre el riesgo asegurado no quede plenamente acreditado por los informes aportados por los organismos oficiales competentes, será necesario aportar como prueba a la Compañía el hecho de haber sido destruidos o dañados, por el mismo fenómeno atmosférico, otros inmuebles de buena construcción en un radio de 2 km alrededor del riesgo asegurado, salvo que tal circunstancia ya fuera conocida por la Compañía.
Un post de gran ayuda, tanto para la contratación como para la renovación del seguro. Es algo en lo que no se cae, ya que se piensa que todos los seguros cubren igual, pero luego llegan las (desagradables) sorpresas.
Muchas gracias por tu comentario Rick. Efectivamente, no hay dos seguros iguales, de ahí la importancia de analizar bien las diferencias, para no llevarnos, como tu bien dices, rehúses inesperados, pensando que tenemos todo cubierto. Saludos.
Gran post, muchas gracias.
Hola Alberto, muchas gracias a ti por tus palabras. Nos alegra enormemente que te haya gustado y sobre todo que te haya sido útil. Saludos.